Resumen | |
[J] | El personal de «Estructura de Dirección»; puede acogerse al «Plan de desvinculaciones» del Grupo Renfe, pese a que el mismo se haya incorporado al convenio colectivo y este no incluye en su ámbito aplicativo a tales trabajadores.(publicado en Actualidad Diaria 4366 el 22 de febrero de 2021) |
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Con fecha 30 de noviembre de 2018 el Sector Federal Ferroviario de la Confederación General del Trabajo (SFF-CGT) interpone demanda de conflicto colectivo ante la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional. Solicita que se declare la exclusión del Personal de Estructura de Dirección, definido en la Cláusula 2ª del "I CONVENIO COLECTIVO DE GRUPO RENFE"
Considera que ese colectivo de personas excluidas del convenio colectivo también debe estarlo del Plan de Desvinculaciones, evitando de ese modo que parte de los fondos destinados al rejuvenecimiento de la plantilla se destinen a quienes ocupan puestos de confianza y poseen condiciones de trabajo superiores a las generales.
Mediante su sentencia 4/2019 de 17 enero (proc.325/2018) la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional desestima la demanda. El Supremo desestima el recurso. | |
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